Autoliquidaciones que se presentan el día 1 de febrero

Autoliquidaciones IVA

Autoliquidaciones que se presentan el día 1 de febrero

Como decíamos en nuestra entrada anterior, estamos tratando un monográfico sobre las liquidaciones que tenemos que presentar en enero de 2016. La segunda parte de las liquidaciones de enero se presentan el día 31, pero al ser domingo se traslada al día laborable inmediatamente posterior, así que el plazo finaliza el 1 de febrero de 2016.

El modelo 130 o 131

Modelo 130

El modelo 130 es la autoliquidación que se presenta en el caso de los autónomos para declarar sus ingresos a efectos de la renta. Este modelo refleja las bases imponibles que forman los ingresos y las bases imponibles que forman los gastos. Existen casos en los que los ingresos que figuran en las casillas del modelo son los importes con el IVA incluido, pero pertenecen a otros tipos de régimen distintos del general y hablaremos de ellos en otras entradas.

El modelo 131 es una derivación del modelo 130 que deben cumplimentar los autónomos en régimen de estimación objetiva o módulos.

El modelo 303

Modelo 303

Conocido antiguamente como modelo 300 este modelo recoge las operaciones sujetas al IVA y que se deben declarar trimestralmente. Debemos informar las bases imponibles, las cuotas repercutidas o soportadas (las repercutidas son las que nos pagan nuestros clientes en nuestras ventas y las soportadas o deducibles son las que pagamos a nuestros proveedores en nuestras compras) y la diferencia entre las ventas y las compras. Si el resultado es positivo deberemos pagar esa diferencia y si es negativo podemos compensar ese importe con futuras autoliquidaciones o optar por solicitar la devolución. El plazo que tiene Hacienda para devolvernos estos importes es de 6 meses. Sin embargo es posible que el plazo se alargue si se inicia un procedimiento de comprobación o inspección.

En el caso de los autónomos en módulos recordamos que desapareció el modelo 311 quedando unificado en este modelo 303. La segunda página del modelo es la reservada para el régimen de módulos.

Pueden descargarse los modelos desde los siguientes enlaces:

Modelo 130 PDF

Modelo 131 PDF

Modelo 303 Régimen General Simplificado y Normal (No válido para módulos)

Si quiere que nos encarguemos de sus liquidaciones trimestrales, puede ponerse en contacto con nosotros en el siguiente formulario:

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