El despido por causas objetivas: causas económicas

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El despido por causas objetivas: causas económicas

El despido por causas objetivas: causas económicas

El despido por causas económicas es uno de los tipos de despido procedente que podemos encontrar en caso de tener que despedir a un trabajador si la economía de la empresa se complica. Vamos a ver qué es el despido por causas económicas:

El Estatuto de los Trabajadores incluye el despido por causas económicas dentro del Art.51 que es un artículo que dedica al despido colectivo. Sin embargo nos servirá aunque vayamos a despedir a un sólo trabajador porque así nos lo indica un poco después en el Art.52c) Y lo que nos viene a decir es que se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

Así que podemos decir que el despido puede producirse siempre que podamos fundarlo en unas causas económicas que generalmente son por caída en las ventas, previsión de caída de ingresos, pérdida de beneficios o un resultado de pérdidas en la cuenta de resultados.

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Ya tenemos claro que una mala racha económica puede ser motivo de despido justificado y procedente, pero vamos a ver com mayor profundidad lo que dice el Art.51.1 del Estatuto que es el que describe este tipo de causas, estableciendo lo siguiente:

– Concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas, subrayando, a continuación, que se entenderá en todo caso como disminución persistente de su nivel de ingresos si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
 
Parece claro, en un principio, que las pérdidas pueden ser reales (las cuentas anuales del año pasado pueden haber dado pérdidas en el resultado) o que sean previstas (que creamos que manteniendo el nivel de ventas actual vayamos a registrar pérdidas en las cuentas anuales de este año que presentaremos el año que viene).
Y siguiendo con el párrafo vemos que la disminución persistente a que hace referencia se tiene que tener en cuenta como un niven del ingresos de los tres trimestres anteriores. Esto ¿Qué quiere decir? pues que si tomamos las cifras de ingresos o IVA repercutido del 1T, 2T y 3T por ejemplo de este año 2016 y las comparamos con las cifras de ingresos de los mismos trimestres de 2015 deben ser inferiores las del año 2016, de forma que si en el primer trimestre de 2015 vendimos 60.000€ y en el primer trimestre de 2016 hemos vendido 59.000 o menos es evidente que las ventas son inferiores.
 
Esta misma operación debemos llevarla a cabo con los otros dos trimestres siguientes. Si en los tres casos las ventas son inferiores en el año 2016 estamos ante una causa económica para poder proceder al despido.

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Este modelo de despido tiene un requisito indispensable: hay que ofrecer al empleado quince días de preaviso que podrá utilizar para buscar un nuevo puesto de trabajo, debiendo dejarle 6 horas libres a la semana para que lo haga en su horario laboral. Una vez comunicada nuestra decisión, que es definitiva (quiere decir que el trabajador no puede oponerse al despido), se le debe pagar la indemnización correspondiente en el mismo día. Una vez pasados los 15 días se le abona la nómina correspondiente y la relación laboral termina.

Para terminar hay que tener claro que es la empresa la que debe acreditar la existencia de esas dificultades económicas y por qué es necesario el despido del trabajador, si existe la bajada de ingresos que comentábamos antes, qué cifras estamos manejando, si el resultado del balance a final del año pasado dio una cifra negativa, costes de explotación empresarial, si la competencia es la causa de la bajada de ingresos, obsolescencia en nuestra forma de trabajar… debemos ser lo más precisos posible para que el trabajador pueda conocer con toda exactitud lo que ha motivado que sea despedido.